Varios comercios deberán bajar sus persianas y cancelar sus actividades en el marco del censo 2022. ¿Cuándo empiezan las restricciones?
n la antesala del censo 2022, los comerciantes se preparan para cerrar sus puertas ya que, según establece la ley 24.254, muchos de ellos no estarán habilitados para vender productos ni brindar servicios a lo largo de toda la jornada.En este marco, según resaltan en las "preguntas frecuentes" de la página oficial del relevamiento del INDEC, entre las 00:00 y las 20:00 del miércoles 18 de mayo no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas."Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios", agrega el texto, y cita a la norma anteriormente mencionada, dando por hecho una veda similar a la que tiene lugar durante las elecciones.
En rigor, el artículo 2 de la le ley aclara: "Quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la realización del censo las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos".
"Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes permanecerán cerrados hasta la hora indicada", agrega.
Qué negocios pueden abrir el día del censo 2022
Los comercios que no se encuentran contemplados dentro del artículo 2 de la norma sí podrán abrir sus puertas este miércoles. Dentro de esta categoría se encuentran hospitales, centros de salud, estaciones de servicio, farmacias y otros locales.
De esta manera, quienes concurran a trabajar a alguno de estos espacios deberán asegurarse de que un miembro del grupo familiar se encuentre en la vivienda al momento del censo o dejarle a un vecino el comprobante de finalización del cuestionario digital.
De cuánto son las multas por no hacer el Censo 2022
Según el artículo 17 del Decreto 726/2020, todos los habitantes de la Nación están obligados a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas.
A su vez, quienes no contesten en término, falseen o produzcan "con omisión maliciosa" las informaciones necesarias para la estadística y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional, "incurrirán en infracción y serán pasibles de multa", según el artículo 15 de la Ley N° 17.622.
En este marco, en febrero de 2022, el INDEC actualizó los importes de las sanciones económicas previstas a través de la Resolución 35/2022: las mínimas quedaron estipuladas en $1.076,36 y las máximas en $106.799,35.
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