El
diputado Andrés Blanco (PTS-FIT) presentó un proyecto para declarar la
emergencia habitacional en toda la provincia por el término de cinco
años. La medida crea un “Plan Habitacional” que contempla nuevos
impuestos, regula las contracciones de alquiler y prohíbe los desalojos
de viviendas familiares, entre otros aspectos.
En
efecto, el “Plan de Emergencia” implica la creación de un Fondo
Provincial de Emergencia Habitacional; la integración socio-urbana de
tomas y asentamientos precarios; la construcción de 80.000 viviendas;
la creación de un impuesto especial a las viviendas ociosas; la
implementación de bancos de tierras municipales en todas las ciudades en
vacíos urbanos o terrenos contiguos a zonas consolidadas o en vías de
consolidación; y medidas de protección a personas que alquilen.
Será
condición para acceder a los beneficios de la norma, figurar en el
Registro Único Provincial de Vivienda del IPVU-Adus. Serán prioridad las
mujeres y/o personas transgénero y sus respectivos grupos convivientes,
que padezcan violencia de género o se encuentren ante riesgo de sufrir
cualquiera de las formas de violencias, así como los grupos familiares
con personas con discapacidad.
El
articulado contempla, además, la creación de una “Comisión Provincial
de Emergencia Habitacional” como órgano de planificación y control de la
ejecución del Plan de Emergencia. Se prevé la participación mayoritaria
de delegadas y/o delegados de tomas y asentamientos, organizaciones de
inquilinas e inquilinos, organizaciones de vecinas y vecinos, de
trabajadoras y trabajadores de los planes de viviendas, cooperativas y
gestiones obreras, profesionales de universidades públicas,
organizaciones sociales y organismos de Derechos Humanos.
La
autoridad de aplicación de la ley recaerá sobre el Instituto Provincial
de Vivienda y Urbanismo (IPVU–Adus), organismo que deberá respetar las
decisiones de la Comisión mencionada.
El
cuerpo de la propuesta determina las condiciones bajo las cuales se
podrá relocalizar a los ocupantes de tomas y asentamientos precarios,
previo acuerdo de la Comisión Provincial de Emergencia Habitacional y en
beneficio y acuerdo de las personas afectadas. Las circunstancias que
admitirán la relocalización serán: factores de riesgo social, hidráulico
o ambiental; hacinamiento de hogares; o defectuosa situación
constructiva de la vivienda, con riesgo estructural o dificultades
funcionales.
Para
obtener los recursos necesarios que amerite la aplicación del Plan, se
prevé la creación de un impuesto especial del orden del 5% de la
producción de hidrocarburos convencionales y no convencionales en toda
la provincia que será destinado a la construcción de viviendas, al plan
de urbanización y al estudio y planificación de terrenos óptimos para la
urbanización.
A
la vez, el Estado provincial podrá cobrar un máximo de 60 cuotas
mensuales a las personas beneficiarias del Plan, no pudiendo ser el
valor de la cuota mensual mayor al 10% del Salario Mínimo Vital y Móvil
vigente.
Asimismo,
se propone el impuesto a las viviendas ociosas, entendiéndose por tales
unidades funcionales deshabitadas o no utilizadas en forma permanente,
sin causa justificada, por el plazo de un año. El impuesto equivaldrá al
2% del valor fiscal del inmueble para las personas físicas que posean
tres viviendas ociosas, al 3% para aquellas que posean cuatro viviendas
ociosas, y se incrementará en un 1% por cada vivienda ociosa adicional.
El porcentaje se incrementará para las sociedades comerciales.
En
cuanto a los alquileres, se establece un máximo del 20% del valor de la
canasta familiar al precio de los alquileres de vivienda única de tipo
familiar, cuyo propietario tenga más de cinco bienes inmuebles. La
garantía de este tipo de contratos será el Estado provincial. El locador
propietario de más de cinco bienes inmuebles deberá afrontar los gastos
del contrato y los que demande el intermediario del alquiler.
Finalmente,
la medida prohíbe los desalojos cuando se dispongan sobre una vivienda
única de tipo familiar o sobre terrenos ocupados por familias que
reclaman la construcción de viviendas, sean cuales fueren las razones
que motiven tal medida.
Los
fundamentos indican que, en la década del ’90, el Estado dejó en manos
de empresas privadas la construcción de viviendas familiares. La
situación se aceleró a partir del año 2000, y desde entonces el ADUS
construye, en promedio, no más de mil viviendas por año, cifra muy por
debajo a la necesaria para poder hacer frente al déficit habitacional.
“El
´boom inmobiliario´ en Neuquén fue liderado por edificios de lujo y
vivienda para los sectores de mayores recursos”, indica el legislador
del PTS-FIT quien argumenta así que la clase trabajadora no puede
acceder a una vivienda familiar en las actuales condiciones
macro-económicas.
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